Historic courthouse entrance labeled "COURT HOUSE" with a person approaching
Cuaderno Legal, Legislación

¿Qué hacer cuando no puede notificarse una demanda al demandado?

Cuando se presenta una demanda judicial, es esencial notificar al demandado en su domicilio, tal como lo establecen los artículos 399 y 155 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Si no se logra notificar, se pueden realizar averiguaciones antes de comunicar por edictos, lo que conlleva el riesgo de desconocimiento del proceso por parte del demandado. En el juicio monitorio, la notificación por edictos no es procedente, salvo en reclamaciones de deudas por gastos comunes en comunidades de propietarios.

, , , ,

¿Qué hacer cuando no puede notificarse una demanda al demandado? Leer entrada »