La reclamación de daños y perjuicios por la interrupción temporal del servicio de telefonía
La Sentencia 1122/2024 del 16 de septiembre analiza la interrupción injustificada del servicio telefónico por parte de VODAFONE, que afectó a 35 líneas contratadas en 2010. A pesar de las reclamaciones del cliente, el servicio fue suspendido sin previo aviso. El tribunal se centra en la aplicación del Real Decreto 899/2009, que garantiza derechos a los usuarios y determina que en casos de interrupciones injustificadas, la operadora debe indemnizar automáticamente al afectado. Además, se establece que la indemnización por interrupción del servicio puede coexistir con otra por daños, siempre que se justifique adecuadamente. La sentencia subraya la importancia de estos derechos poco utilizados por los usuarios.

